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Sesiones ordinarias y 7 Consejos para tu Reglamento Interno

Dentro de las asesorías en propiedad horizontal que Fundación Bien-Estar brinda a la comunidad; para los condóminos suele ser un dolor de cabeza tratar de resolver cada uno de los conflictos o diferencias que se presentan en el día a día de su convivencia vecinal, gracias a los famosos “malos vecinos”, que hacen de la administración una tarea difícil.

Algunas de las inquietudes más frecuentes son: ¿Cuándo se puede convocar a una sesión ordinaria? Y al respecto al reglamento interno: ¿Cómo ejecutar este de manera eficaz? y ¿Cómo lograr su cumplimiento?

Para estas interrogantes, es importante señalar que, para las sesiones ordinarias, la norma determina su temporalidad y plazo para instalar la misma, por ende, al empezar un nuevo año, de acuerdo con el Art. 36 del Reglamento General a la Ley de Propiedad Horizontal, determina que dentro de los tres (3) primeros meses del año, se deberá convocar la sesión ordinaria, la misma que es vital para todos los copropietarios, ya que podrán tratar temas importantes como: aprobación de presupuesto, órganos de administración y posible reforma de su Reglamento Interno.

Ahora bien, los reglamentos internos de copropiedad, sin bien es cierto, son una herramienta de autorregulación fundamental que promueven y pretenden brindar una adecuada convivencia, no siempre cumplen con ese propósito, por cuanto no suelen ajustarse a la realidad del condominio. Por tal motivo, en esa búsqueda de respuestas, muchos condominios viven inventando reglamentos internos o incluso son modificados varias veces, sin tener resultados positivos.

La mayoría de los problemas del condominio, están relacionados con actitudes, valores, costumbres, ética y moral de cada uno de los vecinos, elementos que muchas de las veces no se pueden regular por completo dentro de un reglamento interno, ya que estamos tratando con personas, no con robots que se pueden programar con mejores comportamientos.

Sesiones ordinarias y 7 Consejos para tu Reglamento Interno

Ante esto, te brindamos siete (7) consejos para que los consideres al momento de elaborar tu Reglamento Interno:

1) Crea artículos claros, sencillos, sin muchos tecnicismos y lo más importante, que sean lo más general, amplios, flexibles, de fácil ejecución y comprensión para todos los vecinos.

2) No redactes un Reglamento Interno con el ánimo de vengarte del “mal vecino” o de solucionar los problemas más inmediatos, intenta utilizar ese problema, para desarrollar artículos que te permitan resolver diferencias a mediano y largo plazo.

3) Como administrador, versus el “mal vecino” que vas a enfrentar, al momento de analizar y redactar los artículos del reglamento interno, no debes caer en las decisiones o presión de copropietarios enardecidos, que buscan a veces regular conductas inventando normas que van en contra de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal y en el Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal.

4) No entrés en un estado de desesperación, puede ser perjudicial para ti y todos los vecinos, ya que por intentar “solucionar rápido” los problemas, no es suficiente con solo elaborar el reglamento interno y socializarlo con los copropietarios. Recuerda no ejecutar sanciones y cobrar multas por medio de un documento que no ha sido legalizado como lo exige la Ley de Propiedad Horizontal. 

5) Recuerda, para que un reglamento interno obtenga fuerza legal y en efecto, sea de obligatorio cumplimiento, debe haber sido aprobado por las 2/3 partes de los copropietarios, protocolizado en cualquier notaría e inscrito en el Registro de la Propiedad del cantón respectivo. (Art. 11, Ley de Propiedad Horizontal)

6) Asegúrate que el reglamento interno cumpla con la normativa mencionada.

7) El Reglamento Interno de Copropiedad, es un instrumento que será efectivo siempre y cuando el condominio así lo permita, siendo responsables y comprometidos de manera estricta con las normas que regulan el régimen de propiedad horizontal.

Si quieres profundizar la información de este blog o tienes inquietudes, puedes comunicarte con nosotros. Escríbenos al 0993723274.

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La importancia de la organización comunitaria para enfrentar la inseguridad

En un escenario donde el crecimiento de robos a domicilios ha aumentado significativamente en los últimos años, es crucial que las comunidades se organicen y tomen medidas para protegerse a sí mismas y a sus residentes.

Cuando se trata de enfrentar la inseguridad en condominios y urbanizaciones, la organización comunitaria juega un papel fundamental. La colaboración entre vecinos y la implementación de estrategias de seguridad colectiva pueden marcar la diferencia en la prevención de delitos y la protección de los residentes. Algunas medidas que pueden adoptarse incluyen:

Conoce a tus vecinos: Acciones tan sencillas como saludar a tus vecinos pueden construir comunidades más seguras. Participa de los espacios que organiza tu condominio o urbanización y fortalece los lazos vecinales.

Usa y cuida los espacios públicos y comunes: Los espacios que no son utilizados y cuidados por los vecinos se convierten en lugares propicios para botar basura, libar o delinquir. Organiza con tu comunidad mingas que recuperen esos espacios y úsenlos diariamente para establecer una presencia fuerte que desplace cualquier mala práctica.

Brigadas de seguridad: Fomentar la comunicación entre los residentes y promover la vigilancia mutua puede disuadir a los delincuentes. Realizar rondas de vecinos; establecer grupos de WhatsApp o redes sociales para informar sobre situaciones sospechosas; y, colocar carteles que evidencien la organización del sector puede ser efectivo en la prevención de delitos.

Seguridad de condominios en Ecuador

Mejora de la iluminación y cámaras de seguridad: Instalar luces adecuadas en áreas comunes y colocar cámaras de seguridad pueden reducir las oportunidades para los delincuentes y ayudar en la identificación y captura de los sospechosos.

Define protocolos de seguridad: Golpear una cacerola desde la ventana o instalar una sirena en un poste, cualquier sistema de alarma es bueno para informar a los vecinos sobre el cometimiento de un delito o alguna acción sospechosa. Define protocolos para que todos quienes habiten el sector sepan cómo reaccionar para prevenir o impedir un delito.

Contratación de personal de seguridad: En muchos casos, contratar guardias de seguridad capacitados puede brindar un nivel adicional de protección a los condominios y urbanizaciones. Estos profesionales pueden supervisar el acceso, patrullar las instalaciones y responder rápidamente ante situaciones de emergencia.

La seguridad de tu condominio o urbanización también está en tus manos. Sigue estos consejos y recuerda que, si amas algo, debes destinar tiempo y dedicación para cuidarlo.

Más información relacionada a la administración de condominios en www.fundacionbienestar.org.ec

 

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¿Cómo cobrar las expensas efectivamente?

Cobrar las expensas es, sin lugar a duda, la gestión más delicada y demandante que está a cargo del administrador del condominio. Sobre todo, porque esta gestión no solo se limita a recibir el dinero de los condóminos, sino que comienza mucho antes con la elaboración de un presupuesto coherente con las necesidades del condominio y puede terminar en el inicio de las acciones legales en contra de los copropietarios morosos.

Para facilitar la gestión del cobro de las expensas, revisemos algunos consejos que pueden ser de mucha utilidad para realizar efectivamente esta tarea:

  • Sustenta el cobro y cuida la formalidad: Como sabemos, el cobro de las expensas nace de la obligación legal que tienen los copropietarios de contribuir al pago del mantenimiento, seguridad, administración y limpieza de los bienes comunes. Esto quiere decir que no es un “aporte voluntario”. Cuando vayas a cobrar, sustenta tu acción con las normas legales pertinentes para que el copropietario sepa que no se trata de algo discrecional. Asimismo, deja constancia del cobro mediante la entrega un recibo a nombre del copropietario.
  • No dejes pasar el tiempo. Cobrar a tiempo te permitirá mejorar tus probabilidades de éxito en esta gestión. Recuerda que debes cobrar las expensas dentro de los 10 primeros días de cada mes. Cada día que pase después del décimo día, tus probabilidades de cobrar van disminuyendo porque el copropietario va a perder el interés y porque la próxima expensa está por llegar y pueden acumularse haciendo la deuda aún más grande. Sé ordenado y programa tu cobranza a tiempo.
  • Sé cordial pero firme. Ten en cuenta que no vas a pedir un favor, estás haciendo que se cumpla una obligación. Como administrador debes ser respetuoso y cuidar mucho de la forma en la que abordas al copropietario, sin embargo, debes ser asertivo y firme en tu demanda de pago. El mensaje debe ser claro y no dejar ningún espacio de duda que haga creer al copropietario que puede pagar cuando quiera.
  • Cuida el dinero y recuerda tu papel. El administrador es el responsable de la custodia y del manejo prudente del dinero. Encárgate de que siempre esté en la cuenta bancaria del condominio y no dispongas de este como si se tratase una extensión de tus fondos propios. Además, ten en cuenta que si algo pasa con el dinero, tú, como administrador del condominio, eres legalmente responsable y podrías enfrentarte a procesos civiles e incluso penales.

Sabemos que la cobranza es difícil pero no imposible. Con orden y disciplina seguro adquirirás la capacidad de cobrar las expensas en mayor cantidad y en menor tiempo.

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¿Qué hacer con los malos vecinos dentro de un condominio?

Esta pregunta es recurrente y, sinceramente, difícil de responder. No solo porque no existe una sola respuesta, sino porque la categoría de “mal vecino” es muy amplia y sujeta a interpretaciones subjetivas. Para evitarnos tan sensible tarea, procuraremos incluir en esta categoría a aquellos vecinos que por su accionar afectan a la convivencia dentro del condominio.

Dicho esto, identifiquemos algunos ejemplos de malos vecinos y revisemos qué podemos hacer al respecto desde nuestro cargo de administrador:

  • El vecino moroso: Este vecino generalmente piensa que el pago de las expensas es un acto de generosidad. Asimismo, justifica su falta de pago por estar en desacuerdo con las decisiones que se toman. Para tratar con él, como administradores debemos ser firmes y fundamentar nuestra gestión de cobro en la Ley y Reglamento General de Propiedad Horizontal. Recordemos que, si el vecino moroso no paga por las buenas, siempre se puede iniciar un proceso judicial ejecutivo o monitorio para el cobro de las expensas vencidas.
  • El vecino abusivo: Este vecino, por su parte, piensa que todo el condominio es una extensión de su casa o departamento, por ello, suele adornar los pasillos de su piso con zapateras, cuadros, macetas, entre otras cosas. Asimismo, suele ocupar las gradas de emergencia para guardar coches de bebé, cilindros de gas o cartones. A vecinos como este debemos llamarles la atención por escrito citando las partes pertinentes del Art. 12 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal y sancionándoles con las multas definidas en nuestro reglamento interno.
  • El vecino jurisconsulto: Este vecino se caracteriza por intimidar a todo el mundo con su “vasto” conocimiento de leyes reales e inventadas. Suele citar cosas como “derechos adquiridos”, “declararse en rebeldía” o “violación de derechos humanos y constitucionales” para evitar cumplir con sus obligaciones para con el condominio. Para lidiar con vecinos así, en primer lugar, no debemos caer en su juego. Recordemos que nuestra mejor herramienta es tener un conocimiento claro de la Ley y Reglamento de Propiedad Horizontal. La próxima vez que este vecino trate de atemorizarnos con esta estrategia, preparemos una respuesta en derecho y vayamos desmintiendo punto por punto sus objeciones.
  • El vecino iluminado: Por experiencia, este tipo de vecinos es uno de los más peligrosos. Si bien comparte características con el vecino jurisconsulto, se diferencia de este por su carisma e innegables “buenas intenciones”. Generalmente llegan al directorio o a liderar un bando de vecinos con ideas o propuestas, en el mejor de los casos, medianamente acertadas, pero altamente populares. Esto hace que en poco tiempo se vuelvan “expertos” en el manejo de condominios y que acaparen la presidencia o administración por muchos años. Para evitar tener vecinos así lo mejor es capacitar a todos los copropietarios en el régimen legal de propiedad horizontal y procurar definir procesos electorales internos que promuevan la alternabilidad y participación democrática de todos.

En la próxima entrega continuaremos revisando más perfiles de malos vecinos y cómo lidiar con ellos en el condominio.

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¿Cómo redactar un acta de sesión de asamblea de copropietarios?

Es muy común que la mayoría de los esfuerzos de administradores y directivos estén centrados en convocar y llevar a cabo una sesión de asamblea. Sin embargo, todo el trabajo empleado puede verse opacado si al momento de redactar la respectiva acta pasamos por alto formalidades importantes. Si quieres mejorar el contenido de tus actas, sigue estas recomendaciones:

 

  • La verdad y nada más que la verdad. Aunque esto puede estar sobrentendido, las actas son la reducción a texto de lo que se dijo y/o se hizo en una sesión. Es decir, no se puede cambiar, añadir u omitir algo distinto a lo que realmente ocurrió. Recuerda que el acta no debe interpretar, mejorar o corregir, solo debe dejar constancia de lo que ocurrió y que fue relevante para el desarrollo de la sesión.
  • Incluye solo lo justo y necesario. Es frecuente que algunas de las intervenciones de los copropietarios dentro de las asambleas sean para expresar experiencias personales, malestares o anécdotas, que no tienen relación o no aportan al desarrollo del punto del orden del día. Cuando esto ocurra, no te desgastes transcribiendo con lujo de detalle dichas intervenciones. Recuerda que el acta recoge aquello que expresamente se solicita que conste en actas, lo medular de las exposiciones relacionadas a los puntos del orden del día y las resoluciones.
  • Apóyate en los anexos. Si dentro de los puntos del orden del día se tiene que presentar un informe, un balance o dar lectura a la correspondencia recibida, no transcribas este contenido al acta. En su lugar enlista lo más importante y señala que el contenido íntegro de dicho documento consta como anexo habilitante del acta. No olvides enumerar cada uno de los anexos.
  • Identifica claramente lo que se resolvió. El acta debe ser un documento de fácil lectura que le permita a cualquier persona entender qué se trató en la sesión de asamblea, y principalmente, qué fue lo que se resolvió. Para ello, es recomendable que la resolución adoptada esté escrita de tal forma que su ejecución y cumplimiento no estén sujetos a interpretaciones.
  • Cumple con las formalidades. Las actas de las sesiones de asamblea deben ser firmadas por el presidente y el secretario. Asimismo, debe constar la fecha de celebración y la hora a la que inicia y termina la sesión. Sin perjuicio de estos requisitos, el registro de asistencia de los copropietarios es parte integrante del acta.
  • Las actas son para siempre. Las actas del condominio recogen su historia, por ello deben ser archivadas con prolijidad. El encargado de tener las actas a su cargo, y bajo su responsabilidad, es el administrador.

Recuerda que las actas registran las decisiones de un condominio y que todos los copropietarios deben conocer su contenido. Ningún acta es secreta ni puede ser solo de conocimiento de algunos copropietarios.

Abg. Jonathan Gómez

 

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¿Es necesario conformar una directiva en mi condominio?

Tanto en el consultorio legal como en los distintos espacios de capacitación de Fundación Bien-Estar, esta pregunta es recurrente. Si bien la conformación de una directiva está muy arraigada a la costumbre, es preciso conocer cuándo es necesario, u obligatorio, contar con una. A continuación, les presentaré los puntos más importantes para tomar la decisión de conformar o no una directiva:

  • La directiva es un órgano de administración del condominio que tiene competencias claras y puntuales orientadas a facilitar y operativizar las decisiones y acciones dentro de él.
  • Según el Art. 32 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, los órganos de administración del condominio dependerán de las características de este. Es decir, será necesario con una directiva cuando se presenten las siguientes condiciones:
  • Si tu condominio fue edificado solo para vivienda (casas o departamentos) y no está dividido en bloques, torres, manzanas, etc., no es obligatorio conformar una directiva.
  • Sin embargo, si tu condominio esta constituido por torres, bloques, manzanas, ya sean para vivienda, vivienda-comercio o solo comercio, es necesario elegir una directiva. Cada una de estas secciones tendrán un representante en la directiva. De la misma forma habrá un representante por los comercios u oficinas.
  • Pese a esta clara disposición, hay muchos condominios que tienen una directiva sin estar incursos en las condiciones señaladas en el párrafo anterior. Esto, a primera vista, no se convertiría en un problema si para ello se consideran criterios de eficiencia, representatividad y necesidad. Por ejemplo, si tu condominio está compuesto por 10 unidades exclusivas (10 copropietarios) no sería una buena idea tener una directiva con 5 vocales ya que, para fines prácticos, una sesión de directiva estaría compuesta por la mitad de la asamblea, lo cual no ayuda mucho a la operatividad. 

Una directiva debe convertirse en una instancia de control y apoyo para la administración y la asamblea, no en un órgano sin funciones claras que entorpezca el funcionamiento del condominio. Para evitar esto, es preciso definir el número adecuado de vocales, el alcance de sus competencias y la frecuencia de sus sesiones.

Recuerda que la directiva jamás podrá estar por encima de la asamblea y sus decisiones.

Espera las próximas entregas de este blog con más consejos sobre el régimen de condominios y su administración.

Por: Abg. Jonathan Gómez P.

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Las mujeres y la administración de condominios

La revolución industrial generó varios cambios económicos y sociales en el mundo, uno de ellos fue la separación entre lo público y lo privado. Estas nuevas esferas fueron delegadas a los roles femeninos y masculinos respectivamente. Fue así como las mujeres se encargaron de la reproducción inmaterial de la vida, lo que implicó ser “las guardianas de las buenas costumbres” y realizar las tareas del cuidado. Estas tareas no han sido vistas como una actividad que genere valor económico a las familias, sino más bien se consideraba una inactividad que no produce bienes de cambio y que está destinada a la satisfacción de necesidades elementales (Vega Montiel, 2007).

Los derechos a la educación, el trabajo y la propiedad, alcanzados por la lucha de las mujeres que conmemoramos cada 8 de marzo, ha ido modificando la participación de las mujeres tanto en la esfera pública como en la esfera privada. Las tareas del cuidado van dejando de pasar desapercibidas y empiezan a ser ejercidas por ambos géneros. La ruptura de estereotipos de género y el aumento de mujeres en posiciones de liderazgo y toma de decisiones es una de las huellas más visibles de este avance social.

Ya en la esfera local y limitando el análisis a lo relacionado con la propiedad horizontal, los datos sobre las personas inscritas en los cursos de Administración de Condominios ofrecidos por Fundación Bien-Estar, reflejan que las mujeres (66%) tienen mayor interés en formarse acerca de los temas administrativos condominales que los hombres (34%). Tomando en cuenta que el 49.7% de las mujeres en Ecuador son amas de casa, de las cuales el 29.4% viven en condominios o departamentos (INEC, Ecuador en Cifras, 2021), discurrimos que, entre los varios factores que pueden incidir en esta decisión, uno de los más relevantes es que las mujeres que son amas de casa identifican los problemas de convivencia y administrativos dentro de sus condominios con mayor facilidad y detalle.

Con estos antecedentes podemos concluir que la experiencia previa de una buena administración del hogar y el fortalecimiento de la convivencia sana dentro de casa, pueden ser fuertes motivaciones para que las mujeres repliquen estas habilidades en la esfera de lo comunitario/colectivo y así incentivar, desde el conocimiento teórico-conceptual y la práctica naturalizada, el fortalecimiento de buenos vecinos, condominios y sociedades.

Soc. Cristina León y Abg. Jonathan Gómez

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¿Cómo hacer correctamente una convocatoria a una sesión de Asamblea General de Copropietarios? II Parte

Continuando con el artículo anterior, seguiremos revisando algunos prácticos consejos para hacer una correcta convocatoria a una sesión de Asamblea de Copropietarios:

Calidad antes que cantidad. Con esto nos referimos que es preferible contar con pocos copropietarios asistentes con derecho a voto, a tener una asistencia masiva de condóminos inhabilitados para votar. Para tener más copropietarios en goce de todos sus derechos, previo a la celebración de la sesión de Asamblea haz una gestión de cobranza para que quienes estén en mora se puedan igualar en el pago de sus expensas y así puedan ejercer su derecho a voto.

  • Si no puedes ir, delega. En muchos condominios se impide la participación de arrendatarios (familiares, usuarios) en las Asambleas de Copropietarios, lo cual no es recomendable por cuanto la falta de asistencia a las sesiones es un mal común en todos los condominios. Si bien los llamados a reunirse en Asamblea son los copropietarios, la asistencia a estas sesiones por representación es complemente legal. Para instrumentar esta delegación es preciso acogerse a lo dispuesto en el Art. 40 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, es decir, que el copropietario dirija una carta al Administrador/Presidente en la que conste su identificación y la de la persona que va a participar en la sesión, en su lugar.

  • La convocatoria escrita no es suficiente. Como ya lo señalamos en la primera parte de este artículo, la convocatoria debe seguir el proceso definido en el Art. 37 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal. Sin perjuicio de ello, con el fin de garantizar la mayor asistencia de copropietarios a la sesión de Asamblea, debes reforzar la convocatoria con recordatorios utilizado otros canales de comunicación, como mensajes de texto, grupos de difusión, carteleras, chats grupales de redes sociales, entre otros. Recuerda, estos canales no reemplazan a la convocatoria formal, pero son herramientas prácticas que te ayudarán a darle seguimiento y fuerza.

Esperamos que estos consejos te sean de utilidad para poder convocar de manera eficiente a tu próxima sesión de Asamblea de Copropietarios. Sigue este blog y no te pierdas de más recomendaciones sobre el régimen de propiedad horizontal.

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¿Cómo hacer correctamente una convocatoria a una sesión de Asamblea General de Copropietarios? Parte 1.

El éxito de una asamblea de copropietarios se mide por la calidad de los acuerdos alcanzados y por su apego y coherencia con las normas legales que rigen a los condominios. La convocatoria a una asamblea, siendo el primer paso para la celebración de estas sesiones, tiene un papel vital por cuanto es la primera aproximación de los condóminos con los asuntos que se van a resolver.

Si quieres saber cómo hacer una convocatoria efectiva, sigue a los siguientes pasos:

  • La formalidad ante todo. Una convocatoria debe seguir estrictamente lo establecido en el Art. 37 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal. Es decir, debe ser realizada por escrito, con ocho días (mínimo) de anticipación a la fecha de la sesión, y deberá expresar claramente el lugar, la fecha, la hora y los asuntos a tratarse (orden del día).

  • Claridad en el orden del día. Muchas veces el orden del día suele enunciar vagamente el tema que se piensa tratar en la sesión de asamblea, por ejemplo: “pintura del edificio”. Este hábito de querer resumir el orden del día es innecesario y hasta contraproducente. Evita caer en estos errores y utiliza un verbo (o los que sean necesarios) que aclare al lector de la convocatoria que es lo que se piensa hacer en la sesión, por ejemplo: “conocimiento y resolución sobre propuestas de servicios de pintura de la fachada del edificio”.

  • Guerra avisada no mata soldados. Seamos honestos, no somos el ejemplo de puntualidad y eso se ve reflejado en la asistencia a las sesiones de asambleas de copropietarios. Por lo general los vecinos no acuden a tiempo y ello afecta al normal desarrollo de la asamblea puesto que se no puede conformar quorum y, consecuentemente, no pueden instalarse en sesión. Por ello, es importante que en la comunicación que extienda el Presidente se mencione al Art. 39 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal y se incluya un párrafo en donde se menciona a la segunda convocatoria; la cual consiste en facultad de instalarse en asamblea general, con el número de copropietarios presentes, una vez que hayan transcurrido 60 minutos desde la hora definida en la convocatoria original. Ten presente que, si una asamblea se instala en segunda convocatoria, sus resoluciones tendrán los mismos efectos legales como si fuese instalada en primera convocatoria: sus decisiones afectan a todos, hayan o no asistido a la sesión.

  • Aprobación de actas en la misma sesión. Es muy común que dentro de los condominios las actas se aprueben en la siguiente sesión, sin embargo, esta práctica contradice lo establecido en el Art. 43 del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal. Según la norma, las actas de las asambleas deben ser aprobadas en la misma sesión (al finalizar) y deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario.

En el siguiente artículo seguiremos abordando más consejos para hacer una correcta convocatoria a una asamblea general de copropietarios.

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Prepárate para la asamblea general ordinaria de copropietarios

Además de las obligaciones y actividades propias de todos los meses, enero suele ser tener un nivel de exigencia adicional porque es muy común que en estas fechas los administradores y directivos comiencen a preparar todo para su asamblea general ordinaria de copropietarios.

Pese a que legalmente la asamblea ordinaria puede realizarse dentro de los tres primeros meses del año, hacerlo cuanto antes siempre será mejor. Por ello, para que tu sesión ordinaria sea un éxito, sigue estos consejos:

  • Asamblea organizada, asamblea exitosa. Hay asambleas que duran 3 o 4 horas y que no llegan a ningún acuerdo. Asimismo, hay otras que duran 30 minutos y se resuelve todo el orden del día. Si bien pueden existir elementos no previstos en cada caso, un factor determinante para lograr la eficiencia en estas sesiones es la organización. Con ello no nos estamos refiriendo a los aspectos logísticos mínimos como la convocatoria y la preparación de la sala comunal, si no a la debida anticipación para la elaboración y difusión de informes, presupuestos, balances y demás documentos que los copropietarios deben conocer. Es ineficiente, e incluso poco estratégico, que en la misma sesión se presente por primera vez el presupuesto y el informe de labores sobre los que los copropietarios tendrán que decidir en ese momento. Si eres administrador, envía con suficiente anticipación estos documentos para que puedas obtener la retroalimentación de los condóminos y llegar a la sesión con documentos conocidos y depurados.

  • Si no está escrito, no existe. Como administrador debes respaldar cada una de tus acciones y decisiones, por ello ten a mano los justificativos de los pagos, proformas, informes técnicos y de garantías, para poder responder a las preguntas de los copropietarios. Los condóminos pueden confiar en ti, pero basta que una vez no presentes respaldos reales de tus cuentas para que tu credibilidad y profesionalismo queden en tela de duda.

  • Ser bueno y parecer bueno. Puedes ser un excelente administrador, pero si los copropietarios no conocen todo lo que se ha hecho en el año, no van a mocionar (o respaldar) tu reelección. Informa periódicamente tus actividades y, al final de año, prepara un informe consolidado y objetivos de tu labor. Recuerda que más que por un carisma desbordante, un administrador es valorado por su eficacia y honestidad.

  • El presidente debe presidir. Aunque a primera vista parezca una verdad de Perogrullo, en la práctica sucede muy a menudo que el presidente de la asamblea no la preside. Con ello nos referimos a que no lidera la sesión ni hace que se respete el orden del día. La labor del presidente es vital para un correcto desarrollo de la sesión, pues vela que los puntos sean debidamente tratados y que la decisión de los copropietarios sea instrumentada a partir de un proceso democrático diligente, objetivo y transparente.

 Toma en cuenta estos consejos para que tu asamblea sea un éxito y puedas llegar a acuerdos inteligentes con los copropietarios.

 Autor:

Abg. Jonathan Gómez P.

Coordinador de producto