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Prepárate para la asamblea general ordinaria de copropietarios

Además de las obligaciones y actividades propias de todos los meses, enero suele ser tener un nivel de exigencia adicional porque es muy común que en estas fechas los administradores y directivos comiencen a preparar todo para su asamblea general ordinaria de copropietarios.

Pese a que legalmente la asamblea ordinaria puede realizarse dentro de los tres primeros meses del año, hacerlo cuanto antes siempre será mejor. Por ello, para que tu sesión ordinaria sea un éxito, sigue estos consejos:

  • Asamblea organizada, asamblea exitosa. Hay asambleas que duran 3 o 4 horas y que no llegan a ningún acuerdo. Asimismo, hay otras que duran 30 minutos y se resuelve todo el orden del día. Si bien pueden existir elementos no previstos en cada caso, un factor determinante para lograr la eficiencia en estas sesiones es la organización. Con ello no nos estamos refiriendo a los aspectos logísticos mínimos como la convocatoria y la preparación de la sala comunal, si no a la debida anticipación para la elaboración y difusión de informes, presupuestos, balances y demás documentos que los copropietarios deben conocer. Es ineficiente, e incluso poco estratégico, que en la misma sesión se presente por primera vez el presupuesto y el informe de labores sobre los que los copropietarios tendrán que decidir en ese momento. Si eres administrador, envía con suficiente anticipación estos documentos para que puedas obtener la retroalimentación de los condóminos y llegar a la sesión con documentos conocidos y depurados.

  • Si no está escrito, no existe. Como administrador debes respaldar cada una de tus acciones y decisiones, por ello ten a mano los justificativos de los pagos, proformas, informes técnicos y de garantías, para poder responder a las preguntas de los copropietarios. Los condóminos pueden confiar en ti, pero basta que una vez no presentes respaldos reales de tus cuentas para que tu credibilidad y profesionalismo queden en tela de duda.

  • Ser bueno y parecer bueno. Puedes ser un excelente administrador, pero si los copropietarios no conocen todo lo que se ha hecho en el año, no van a mocionar (o respaldar) tu reelección. Informa periódicamente tus actividades y, al final de año, prepara un informe consolidado y objetivos de tu labor. Recuerda que más que por un carisma desbordante, un administrador es valorado por su eficacia y honestidad.

  • El presidente debe presidir. Aunque a primera vista parezca una verdad de Perogrullo, en la práctica sucede muy a menudo que el presidente de la asamblea no la preside. Con ello nos referimos a que no lidera la sesión ni hace que se respete el orden del día. La labor del presidente es vital para un correcto desarrollo de la sesión, pues vela que los puntos sean debidamente tratados y que la decisión de los copropietarios sea instrumentada a partir de un proceso democrático diligente, objetivo y transparente.

 Toma en cuenta estos consejos para que tu asamblea sea un éxito y puedas llegar a acuerdos inteligentes con los copropietarios.

 Autor:

Abg. Jonathan Gómez P.

Coordinador de producto

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¿Cómo hacer un Reglamento Interno de Copropiedad? Parte 2

Para concluir con esta entrega, revisaremos más consejos que debes tener en cuenta al momento de redactar un Reglamento Interno de Copropiedad:

  • No trates de inventar el agua tibia. Es muy común que la oportunidad de construir una norma dispare nuestra creatividad y nos impulse a crear procesos, derechos y prohibiciones que creemos que cambiarán para siempre el régimen de propiedad horizontal. Ten mucho cuidado de caer en esta ilusión/tentación y solo desarrolla las regulaciones que son necesarias para “ajustar” las normas nacionales a la realidad de tu condominio. Recuerda que ningún reglamento interno podrá irse en contra de lo que disponen las normas legales de mayor jerarquía.

  • El diablo está en los detalles. Una norma excesivamente detallada puede ser un dolor de cabeza para quien la lee y para quien la ejecuta. Recuerda que cuando somos muy taxativos o específicos en el contenido del articulado, corremos el riesgo de dejar algún elemento fuera de nuestra regulación. Te sugerimos crear artículos claros y, en la medida de lo posible,  lo suficientemente generales para que el alcance de norma sea mayor y de más fácil aplicación.

  • Redacta ahora pensando en el mañana. Nada nos asegura que la realidad de hoy será la misma de mañana, por ende, no redactes un Reglamento Interno pensando solo en los problemas actuales. Tómate tu tiempo y proyecta en tu mente cuáles son los desafíos que deberá afrontar tu condominio a mediano y largo plazo. ¿Más copropietarios?, ¿más autos?, ¿más mascotas?, ¿más antenas satelitales?, ¿necesidad de medios telemáticos para llevar a cabo asambleas?… como ves, hay mucho que considerar para crear regulaciones que respondan a las necesidades futuras.

Recuerda que el Reglamento Interno de Copropiedad es solo un instrumento que será tan eficaz y positivo como la comunidad se lo permita. Crear un Reglamento Interno es una tarea muy importante y delicada que debe ser llevada a cabo con responsabilidad, compromiso y apego estricto a las normas que regulan el régimen de propiedad horizontal.

Esperamos que estos consejos te sean de utilidad y te permitan seguir construyendo mejores comunidades.  

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¿Cómo hacer un Reglamento Interno de Copropiedad? Parte 1

Esta suele ser una de las preguntas más frecuentes en nuestros cursos y consultorio legal, por lo que hemos creído importante elaborar dos artículos con su respuesta.

Antes de entrar en materia es preciso dejar de creer que el reglamento interno es la solución (mágica) a todos los problemas del condominio. Muchos condominios aprueban un nuevo reglamento interno con esa esperanza y tristemente, más temprano que tarde, se dan cuenta que la anhelada solución no llega. Esto sucede porque la mayoría de los problemas del condominio están relacionados con actitudes/valores que no pueden ser regulados por una norma como, por ejemplo: deficiente de cultura organizativa, irresponsabilidad naturalizada, falta de compromiso y escaso sentido de pertenencia.

Si en tu comunidad han podido trabajar en estas actitudes y lo que quieres es tener más y/o mejores regulaciones propias para tu condominio, los siguientes consejos te serán de mucha utilidad:

  • Leer antes de escribir. Hemos visto como muchos copropietarios pierden el entusiasmo cuando les damos este consejo. Antes de comenzar a redactar un reglamento interno es indispensable que administradores, directivos y copropietarios lean atentamente lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento General. Esto les evitará serios problemas posteriores e impedirá que regulen lo que no deben regular o que lo regulen mal.

  • Prepara el terreno. Es imposible crear un reglamento interno sin atender previamente a los problemas directivos y administrativos del condominio. Sin perjuicio de otras gestiones, toma en cuenta las siguientes: haz una encuesta e identifica los principales problemas que se deben regular; promueve una campaña para mejorar la asistencia a las asambleas; comunica los objetivos y beneficios de un nuevo reglamento interno; emprende una fuerte gestión de cobranza para que los vecinos estén habilitados para votar en la asamblea; e, identifica a vecinos comprometidos y responsables para que participen en la construcción del reglamento.

  • Dale tiempo al tiempo. Roma no se construyó en un día y tampoco el reglamento interno de tu condominio. No esperes que el documento se redacte rápidamente y que después sea aprobado a la misma velocidad. Generalmente este proceso toma semanas o meses para ser perfeccionado. Recuerda que para que un reglamento interno sea de obligatorio cumplimiento debe haber sido aprobado por las 2/3 partes de los copropietarios, protocolizado en una notaría del cantón e inscrito en el Registro de la Propiedad respectivo.

 En el próximo artículo terminaremos de revisar los principales consejos para hacer tu reglamento interno de copropiedad.

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¿Cómo cobrar las expensas por vía judicial?

El cobro de las expensas es, sin riesgo de equivocación, una de las tareas más complicadas y con mayor impacto dentro de un condominio. Y no es por casualidad, ya que de su cabal ejecución depende la sostenibilidad financiera del condominio y, consecuentemente, su adecuado mantenimiento y seguridad.

Si creen que ya han agotado todas las vidas extrajudiciales y que es el momento de iniciar una demanda, les recomendamos, además de contratar un abogado de su confianza, seguir los siguientes pasos:

  • La cuantía es la que manda. Para que la asamblea de copropietarios decida sobre el inicio de acciones legales en contra de un copropietario moroso, es imprescindible analizar el costo beneficio de esta acción. Es decir, si la cuantía es relativamente baja, iniciar un juicio por ello sería poco eficiente.

  • Menos palabras más acción. Una práctica recurrente, y poco efectiva, es amenazar frecuentemente a los condóminos morosos sobre el inicio de acciones legales si no se pone al día con el pago de las expensas. Si un copropietario está en mora y la cuantía ya justifica el inicio de acciones legales, comienza a preparar los documentos para plantear la demanda. El solo quedarse en la amenaza reduce la credibilidad del administrador y no motiva al condómino a honrar sus deudas.

  • Cuida la formalidad del proceso. Para plantear una demanda es necesario asegurarse que los requisitos legales exigidos estén en orden. Por ello, vela que los documentos habilitantes (como la convocatoria y el acta de la asamblea de copropietarios que autoriza al administrador el inicio de acciones legales en contra del moroso) estén bien redactadas y conforme a lo que dispone la Ley y el Reglamento General de Propiedad Horizontal. Asimismo, la liquidación de las expensas debe ser clara y no tener errores en su cálculo. Procura tener toda la información posible del deudor: nombres completos, números de cédula, dirección de contacto, etc. Esto te ayudará en el momento de la notificación de la demanda.

  • No pactes en contra de los intereses del condominio. Es usual que una vez que el copropietario moroso ve que la demanda va en serio, este busque llegar a un acuerdo de pago antes de que se dicte sentencia. Si bien la balanza estaría a tu favor en ese momento, no debes acceder a convenios que no incluyan todo el capital y los intereses generados por la mora. A veces, por la emoción de concretar el pago, los administradores acceden a descuentos o compensaciones que, al final, no le convienen al conjunto.

  • Da seguimiento. Plantear una demanda de cobro de expensas vencidas (ya sea por vía ejecutiva o monitoria) es solo el inicio de un (medianamente largo) proceso judicial. En el camino seguramente vas a encontrar demoras en el sistema judicial que deberás sortear con decisión y, sobre todo, mucha constancia. Procura mantener una fluida comunicación con tu abogado para que te tenga al tanto del caso y que no deje de impulsar el proceso.

Toma en cuenta estas recomendaciones y verás que la cobranza judicial es la herramienta definitiva para que los copropietarios morosos paguen sus deudas para con el condominio.

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Inquilinos y propiedad horizontal. Segunda parte

En la presente entrega continuaremos analizando algunas de las preguntas más frecuentes que se originan a partir de la relación de inquilinato en inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal.

¿Qué obligaciones tengo para con el condominio antes de dar en arriendo mi casa/departamento? El copropietario arrendador (dueño de casa) debe tener claro que antes de dar en arriendo su bien exclusivo (casa, departamento, oficina, local, etc.) debe cumplir con lo definido en el Art. 12 literal k) del Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, es decir, obtener una certificación emitida por la administración del condominio que diga que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones condominiales; en otras palabras, que no tiene deudas pendientes por concepto de expensas ordinarias, extraordinarias, multas, entre otros.

Asimismo, el Art. 20 literal h) de la norma citada anteriormente señala que es obligación del copropietario introducir en el contrato de arrendamiento una cláusula especial que diga que el arrendatario conoce y se somete expresamente al reglamento interno de copropiedad; conoce el valor de las expensas ordinarias y extraordinarias; y, conoce las normas y resoluciones generales anteriormente tomadas por la Asamblea General de Copropietarios y por los demás órganos de administración que conformen el condominio.

¿Puede la Administración negarle el uso de los bienes comunes a los arrendatarios o tratarlos de forma diferente? No. Los arrendatarios son parte de la vida del condominio y no debería existir ninguna discriminación en el uso de los bienes comunes. La única causal que puede limitar el uso de los bienes comunes es la mora en el pago de las expensas, la cual es aplicable tanto para copropietarios como usuarios a cualquier título.

¿Qué se debe considerar al momento de mudarse hacia una casa/departamento/local en condominio? Según lo dispuesto en la Disposición General Primera de la norma citada, para que la Administración autorice la mudanza hacia un bien sometido al régimen de propiedad horizontal es requisito indispensable que el copropietario demuestre que no existen obligaciones pendientes para con el condominio.

Como hemos podido ver, la relación entre arrendadores e inquilinos no solo se basa en los acuerdos que estos hayan pactado. La propiedad horizontal tiene regulaciones específicas sobre este tema y es necesario que los copropietarios, arrendatarios y administradores las conozcan para velar por una convivencia armónica entre vecinos. 

 

 

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Inquilinos y propiedad horizontal. (I parte)

Muchas casas, departamentos y demás bienes exclusivos son adquiridos como inversión, es decir, no son comprados con la finalidad de ocuparlos sino de percibir de ellos alguna renta. Esta práctica, además de ser plenamente legítima, ayuda a que las personas que no desean o no pueden adquirir una vivienda u oficina, puedan servirse de una a cambio del pago de una pensión locativa. En esta relación contractual solo intervienen dos partes, arrendador (dueño de casa) y arrendatario (inquilino), y sus derechos y obligaciones están definidos en la Ley de Inquilinato. Pero ¿qué ocurre cuando los bienes dados en arriendo son parte de un inmueble declarado en propiedad horizontal?

No es extraño encontrarse con esta interrogante en las oficinas de administración de los condominios, por ello, vamos a responder a algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con inquilinos y condominios:

¿Puede un arrendatario participar en la asamblea de copropietarios? Para responder a esta pregunta es necesario conocer la calidad con la que el arrendatario participaría en la Asamblea. Si el arrendatario asiste por sus propios derechos, él no tendría derecho de voz ni de voto, ya que, por más que habite en el condominio no es uno de los copropietarios y, por ende, no puede ejercer los derechos que les asisten a estos.  Sin embargo, si el arrendatario acude a la asamblea como delegado o representante de su dueño de casa (copropietario arrendador), puede ejercer el derecho de voz y voto que le corresponde a este. Es preciso señalar que para que el arrendatario, o cualquier otra persona, pueda representar al copropietario y tener derecho a voto en una asamblea, el copropietario deberá estar al día en el pago de las expensas y haberle notificado de este particular al Administrador, por escrito.

¿Puede el copropietario negarse a pagar las expensas aduciendo que es su arrendatario el obligado a hacerlo? No. La respuesta es clara y se basa principalmente en la obligación legal que tiene el copropietario de cumplir con el pago de las expensas. Recuerde que, por más que exista de por medio un acuerdo entre las partes, si es que las expensas se encuentran en mora y el administrador decide iniciar una acción judicial de cobro, esta siempre será en contra del copropietario. Con este antecedente, es altamente recomendado que el canon de arriendo que usted cobra a su inquilino tenga ya incluido el valor de la expensa; así, usted se encarga de pagar mensualmente este rubro, evitándose sorpresas y posibles dolores de cabeza.

En los siguientes artículos responderemos a más inquietudes sobre la relación de los inquilinos y la propiedad horizontal.

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Conflictos y negociación dentro de los condominios. Parte 2

Como pudimos ver en el artículo anterior, los conflictos dentro del condominio necesitan de una gestión sea oportuna, objetiva y eficiente. A continuación, veremos más consejos para emplearlos en nuestro condominio:

  • Aprende a manejar el tiempo. Un elemento clave para la acertada gestión de conflictos es el factor tiempo. Si bien estos deben ser atendidos rápidamente, esto no quiere decir que se tiene que sacrificar prudencia por oportunidad. El administrador deberá identificar el mejor momento para hacer el primer abordaje y establecer con las partes los pasos subsiguientes para encontrar una solución al problema. Recuerda, el resolver un conflicto de forma apresurada puede darte un resultado contraproducente.

  • Menos es más. Si bien esta frase originalmente fue acuñada para la arquitectura (Mies van der Rohe), vamos a usarla para señalar que mientras más sencilla es la solución, mejor es su aplicación y resultado. Asimismo, con esta frase nos referimos a que debemos evitar a toda costa incluir más actores, más “gestiones”, más reuniones de las estrictamente necesarias. Mientras más simple mantengamos el escenario, más claras serán nuestras propuestas de solución.

  • Nada es personal. Si llegamos a quitarle la carga personal (emocional) al conflicto, seguramente conseguiremos una mejor solución en mucho menos tiempo. Para ello, es necesario que identifiquemos claramente la necesidad o afectación y que trabajemos en la forma de satisfacerla o remediarla sin llegar centrarnos únicamente en el responsable. Trabajar sobre los hechos y no sobre los “culpables” nos ayuda a no perder de vista lo que realmente buscamos. De igual forma, evita que nos distraigamos de nuestro objetivo por dejarnos llevar por revanchas o venganzas que no solucionan nada.

Los conflictos son inherentes a la vida en condominio y no hay una fórmula mágica que los evite o solucione inmediatamente. Una eficiente gestión de los conflictos influye directamente en la calidad de vida de la comunidad y en la forma de organización de los vecinos, por ello, no descuides tus habilidades blandas y mejora tu forma de resolver los problemas dentro de tu condominio.

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Conflictos y negociación dentro de los condominios. Parte 1

Además de conocer los derechos y obligaciones que tiene dentro del inmueble bajo el régimen de propiedad horizontal, cada vecino debe armarse de paciencia y objetividad para manejar los distintos conflictos que se originan día a día en el condominio.

Como es sabido, los conflictos pueden ser oportunidades para mejorar las relaciones entre vecinos. Sin embargo, si estos no son manejados oportuna y adecuadamente, pueden generar serias afectaciones en la organización comunitaria. Sin el ánimo de romantizar al conflicto y de verlo como algo siempre positivo, es necesario comenzar a perderle el miedo y aprender a gestionarlo eficientemente para cuidar la sana convivencia y las relaciones vecinales.

Si eres administrador y quieres tener más herramientas para manejar un conflicto dentro de tu condominio, sigue los siguientes consejos:

  • No todo es negociable. Muchos vecinos emplean “estrategias de negociación” tan cuestionables que rayan en el abuso. Por ejemplo, condicionar el pago de la expensa al cumplimiento de tal o cual demanda, o, buscar que se extinga la totalidad de las obligaciones por el cumplimiento de solo una parte de ellas. Estos planteamientos, bastante comunes en los condominios, no pueden ser considerados en una negociación. Recordemos que las obligaciones establecidas en la ley no quedan a discreción del copropietario.

  • Relaciones por sobre acuerdos. Las negociaciones que llevamos a cabo dentro del condominio deben procurar obtener como resultado un alto nivel de satisfacción entre las partes y, sobre todo, cuidar que las relaciones entre estas no se vean afectadas. Más allá de conseguir un acuerdo que resuelva un problema de forma inmediata, es preciso evitar a toda costa que una de las partes se vea beneficiada a costa de la otra. Además de provocar insatisfacción en la parte afectada, la imagen del administrador quedará debilitada y susceptible a más reclamos y conflictos.

  • Verificación de fuentes y objetividad. Los administradores, al momento de gestionar un conflicto, no deben usar la información que han recibido de fuentes cuestionables como chismes y rumores. Para conocer los hechos, el administrador deberá acudir a cada una de las partes y obtener la información que necesita para poder construir, con los propios interesados, posibles soluciones al conflicto. Una vez que cuente con las dos versiones, deberá despojarse de estereotipos y sesgos y hará su mayor esfuerzo para crear un acuerdo sostenible y de beneficio mutuo.

En la siguiente publicación seguiremos con más consejos para manejar los conflictos dentro de un condominio.

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Consejos para ser un mejor administrador de condominios

Si eres un experto administrador o recién estás comenzando en esta actividad, sigue estos consejos que te ayudarán en esta apasionante labor:

  • Ser y parecer. Un buen administrador no solo debe cumplir con eficiencia y oportunidad sus tareas, sino que además debe saber informar a los copropietarios sobre los procesos y los resultados. Por ejemplo, si se va a contratar un nuevo bien o servicio, es recomendable que se informe sobre el proceso, su justificación, las ofertas presentadas y el resultado de la evaluación de estas. De esta forma, los copropietarios siempre estarán al tanto del trabajo emprendido y no podrán aducir desconocimiento en el caso de alguna objeción posterior.

  • Cuentas claras, administrador para largo. Una de las principales causas que motivan el cambio de un administrador es la falta de transparencia en las cuentas del condominio. Si bien esto no significa necesariamente el encubrimiento de algún perjuicio financiero, el no rendir cuentas puede generar falta de confianza en los condóminos y resistencia al pago de las expensas. Los administradores deben rendir cuentas periódicamente y cada vez que sea requerido por la Asamblea. Ya sea por mera información o con el fin de tomar correctivos oportunos, transparentar las cuentas marca la diferencia entre una administración exitosa y una fallida.

  • Lo que sabemos es una gota de agua; lo que ignoramos es el océano. Esta frase original de Isaac Newton nos ayuda a entender que sin perjuicio de los muchos años de experiencia que tengamos en la administración de condominios, siempre hay algo más que aprender, mejorar o corregir.  Se debe tomar en cuenta que la administración de condominios requiere del conocimiento de varias profesiones por lo que es imperativo una constante capacitación en temas legales, contables, financieros y administrativos. Un buen administrador de condominios no es el que tiene una respuesta para todo, sino el que busca constantemente asesoría y/o capacitación para brindar un mejor servicio al condominio.

  • Si eres bueno en algo, jamás lo hagas gratis. Los administradores de condominios tienen a su cargo muchas responsabilidades que demandan tiempo y esfuerzo, por lo que es justo que exista una contraprestación económica por este servicio. Para tener una mejor cartera de condominios, el administrador deberá fijar una tarifa por sus servicios que sea coherente con las horas efectivamente dedicadas al conjunto, la complejidad de la comunidad a administrar y el valor de las expensas que percibe el condominio. Si bien en condominios pequeños es habitual nombrar administradores ad honorem (sin paga), es necesario reconsiderar esta modalidad ya que el encargo puede ser más exigente de lo originalmente previsto y el administrador necesitará ser compensado tarde o temprano.

  • Necesitas ser eficiente, no el mejor amigo de todos. Un administrador debe ser la encarnación de la eficiencia y del apego a la ley. Si bien el carisma puede ser un punto a favor, este no puede ser considerado como el mejor atributo. Si un administrador basa su gestión en “una desbordada amistad”, tarde o temprano esto dará pie a abusos y malentendidos. Un trato respetuoso, cordial y amable debe ser el canal de comunicaciones asertivas, directas, objetivas y sustentadas. Recuerda que cuando hay problemas en el condominio, por más “amistoso” que hayas sido como administrador, las responsabilidades recaerán en ti y solo un conocimiento claro de la ley y los procesos te podrá ayudar a salir del apuro.

La administración de condominios no es una empresa fácil. La disciplina y la precisión que demanda el trabajo administrativo es tan importante como la habilidad para manejar personas y conflictos. Si tienes a cargo un condominio, recuerda que su sostenibilidad organizativa y financiera depende de tu acertada gestión.

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¿Cómo afrontar la nueva normalidad dentro de los condominios?

En los últimos días, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) definió las nuevas medidas que regularán, a nivel nacional, el sistema de semaforización aplicado para contener la propagación del COVD-19.

Más allá de evaluar si estas son o no acertadas, desde la administración de condominios debemos prepararnos para evitar que este cambio afecte el control biosanitario logrado dentro de nuestros edificios o conjuntos residenciales.

Recordemos que el cambio de color en el semáforo no es una invitación para descuidar las medidas sanitarias adoptadas al inicio de esta pandemia. Al contrario, si se permite una mayor circulación de personas y vehículos, el riesgo de contagio podría ser mayor.

Para evitar que el cambio de color en el semáforo afecte a nuestro condominio, toma en cuentas las siguientes recomendaciones:

  • No bajar la guardia. Es preciso mantener los protocolos sanitarios tomados al inicio de esta emergencia. La desinfección, el distanciamiento físico y el evitar las áreas comunes deben seguir siendo las reglas de oro dentro del condominio.
  • Retomar poco a poco las tareas pospuestas. En el caso de haber suspendido la jornada laboral de los trabajadores, o se haya pactado un horario diferente por la restricción de movilidad impuesta al inicio de la emergencia sanitaria, las nuevas medidas pueden ser la oportunidad para revisar estos acuerdos con el fin de retomar paulatinamente las principales actividades de conserjería y mantenimiento. Es importante seguir priorizando las tareas, dando énfasis a las de limpieza y desinfección de los espacios de mayor tránsito y riesgo de contaminación: cabinas de ascensores, puertas principales de ingreso, pasamanos, recibidores, etc.

  • Cuida al personal del condominio. Además de la dotación de insumos de limpieza y desinfección, la administración debe proveer al personal del condominio del equipo necesario para que este pueda realizar su trabajo sin riesgo de contaminación. Procura establecer protocolos de ingreso y salida del personal como: desinfección o cambio de ropa al llegar al edificio, control de temperatura, uso permanente de mascarilla dentro del edificio, etc.

Si bien las nuevas medidas serán más flexibles en cuanto a movilidad y desarrollo de actividades económicas y sociales, la gravedad de la pandemia está lejos de ser superada. Recuerda que es tiempo de priorizar nuestras responsabilidades y asumir el papel de actores propositivos dentro de nuestros edificios y conjuntos residenciales. Saldremos de esta emergencia juntos, como condominio, como comunidad.